DETENCIONES ILEGALES COMETIDAS POR AUTORIDAD

DETENCIONES ILEGALES COMETIDAS POR AUTORIDAD

CLIMENT DURAN, CARLOS

19,00 €
IVA incluido
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Editorial:
TIRANT LO BLANCH
Año de edición:
1999
Materia
Derecho penal
ISBN:
978-84-8002-778-6
Páginas:
208
Encuadernación:
Otros
Colección:
COLECCIÓN LOS DELITOS
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Indice
1. INTRODUCCIÓN
2. ASPECTO OBJETIVO
2.1. Regulación del Código Penal de 1973
2.2. Regulación del Código Penal de 1995
2.2.1. Razón de la diversa penalidad señalada para cada conducta delictiva
2.2.2. Conceptos comunes
A) Sujeto activo: concepto de autoridad o funcionario público
a) Los particulares como posibles sujetos activos
1º) Equiparación ocasional de los particulares a los funcionarios públicos
Uno. Detención ilegal material realizada por un particular
(a) Detención dolosa por particular en casos no legitimados, aunque con
intención de colaborar con la autoridad (artículo 163.4)
(b) Detención abusiva por particular en casos no legitimados, aunque con
intención de colaborar con la autoridad (artículo 163.1)
(c) Detención errónea por particular en casos no legitimados pero con
intención de colaborar con la autoridad (artículo 163.4)
(d) Detención legítima por particular, pero sin intención de colaborar con
la autoridad (artículo 163.1)
Dos. Detención ilegal formal realizada por un particular
2º) Los funcionarios que actúan como particulares y por móviles privados
b) Autoridades y funcionarios públicos especialmente obligados a detener.
1º) El Juez o Tribunal competente
2º) El Ministerio Fiscal
3º) La Policía Judicial
Uno. Agentes de la Policía Judicial
(a) Cuerpos y Fuerzas de Seguridad
(b) Policías de países europeos comunitarios
(c) Personal de seguridad privada
(d) Agentes Judiciales, Subalternos de los Tribunales y Juzgados y
Funcionarios Penitenciarios
Dos. Autoridades de la Policía Judicial
4º) Otras autoridades especialmente obligadas a detener
Uno. Capitanes de buques
Dos. Comandantes de aeronaves
c) Autoridades y funcionarios públicos no especialmente obligados a detener
d) Especial consideración de los funcionarios de hecho
B) Sujeto pasivo
a) Las autoridades o los funcionarios públicos como sujetos pasivos
b) Los extranjeros como sujetos pasivos
c) Los detenidos o los presos como sujetos pasivos
C) Concepto de detención
a) Concepto de detención material
b) Concepto de detención legal
1º) La detención en la Constitución española
2º) La detención en la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Uno. Supuestos de detención legal
D) Causa por delito
a) Concepto de «causa»: inclusión de las actuaciones policiales
b) Concepto de «delito»
c) Atribución individualizada de la causa por delito a cada persona detenida

2.2.3. Modalidades conductuales
A) Detención ilegal sin mediación de causa por delito (detención ilegal
material sin causa criminal) (artículo 167)
a) Inexistencia de causa por delito
b) Ilegalidad de la detención o del encierro
1º) Delitos preflagrantes, flagrantes y postflagrantes (artículo 490,
números 1 y 2)
Uno. Delitos preflagrantes o a punto de ser cometidos (artículo 490.1 de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal)
Dos. Delitos flagrantes (artículo 490.2 de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal)
Tres. Delitos postflagrantes o cuasiflagrantes (artículo 490.2 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal)
2º) Delitos menos graves supuestamente cometidos por personas no sujetas a
proceso ninguno, pero sospechosas de no comparecer a un llamamiento judicial
(artículo 492.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal)
Uno. Concepto legal de «no procesado»
Dos. Concurrencia de «motivos racionalmente bastantes»
Tres. Presunción de incomparecencia ante un llamamiento judicial.
3º) Detención por faltas (artículo 495 de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal).
Uno. Averiguación de la identidad y del domicilio del presunto autor de la
falta
Dos. Valoración judicial o policial sobre la suficiencia de tales datos
indicados por el presunto autor de una falta a efectos de su ulterior
localización
B) Detención ilegal con mediación de causa por delito (detención ilegal
material con causa criminal) (artículo 530)
a) Existencia de causa por delito
b) Ilegalidad de la detención
1º) Delitos graves supuestamente cometidos por procesados (artículo 492.2 de
la Ley de Enjuiciamiento Criminal)
2º) Delitos menos graves supuestamente cometidos por procesados sospechosos
de no comparecer a un llamamiento judicial (artículo 492.3 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal)
3º) Especial consideración de la detención judicial ordenada cuando media
causa por delito: exigencia de previa petición de parte
C) Quebrantamiento de las garantías de la detención (detención ilegal
formal) (artículos 530 y 531)
a) Existencia de causa por delito
b) Detención legítima
c) Violación de los plazos y demás garantías constitucionales y legales.
Referencia a las garantías detentivas
2.2.4. Especial consideración del bien jurídico protegido
A) La libertad como referente básico
B) La libertad ambulatoria como bien jurídico tutelado en las detenciones
ilegales materiales
C) Las garantías constitucionales sobre la privación de libertad como bien
jurídico protegido en las detenciones ilegales formales
D) Precisiones sistemáticas
3. ASPECTO SUBJETIVO
3.1. Dolo
3.1.1. La configuración abstracta del dolo en cada figura delictiva
(artículos 167, y 530 y 531).
3.1.2. La concreción del dolo en cada figura delictiva.
A) La consideración de algunos supuestos de detención ilegal como tipos de
sospecha
B) La racionalidad como criterio para fijar los límites del delito de
detención ilegal y, por tanto, para determinar el contenido del dolo
3.1.3. Inexistencia de dolo específico.
3.1.4. El dolo eventual.
3.2. Imprudencia.
3.3. Error.
3.3.1. El error en el artículo 167.
A) Error de tipo.
a) La racionalidad como criterio para determinar la existencia del error y
para valorar su vencibilidad o invencibilidad.
b) Exigencia de especial atención cuando el sujeto agente es una Autoridad o
funcionario público.
B) Error de prohibición.
3.3.2. El error en los artículos 530 y 531.
A) Error de tipo.
B) Error de prohibición.
4. PARTICIPACIÓN
5. EJECUCIÓN
5.1. Consumación.
5.1.1. Detenciones ilegales materiales.
A) Su configuración como delitos permanentes.
B) Duración de la consumación.
a) Determinación del momento inicial de la consumación (perfeccionamiento
del delito).
1º) La simple paralización o inmovilización momentánea.
2º) La paralización, retención o inmovilización predetentiva por sospecha
razonable.
Uno. La naturaleza de la sospecha predetentiva: gesti

El delito de detención ilegal cometido por una autoridad o funcionario público (artículos 167 del Código Penal) es una modalidad agravada del delito de detención ilegal cometido por un particular. El código Penal de 1995 establece una doble regulación, distinguiendo ente el delito de detención ilegal material, tanto si media causa criminal (artículo 167) como si media causa criminal (artículo 530) por un lado, y el delito de detención ilegal formal por quebrantamiento de cualquiera de las garantías inherentes a la detención (artículos 530y 531). Esta especial modalidad delictiva suele ser perpetua por funcionarios de policía, con lo que su regulación punitiva tiene una especial importancia ya que constituye una importante garantía de todos los ciudadanos frente a cualquier posible abuso policial.

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