EL REGIMEN DE LAS AGUAS EN LAS RELACIONES DE

EL REGIMEN DE LAS AGUAS EN LAS RELACIONES DE

GOMEZ ROYO, ENRIQUE

23,44 €
IVA incluido
No disponible Pregúntanos antes de pagar
Editorial:
TIRANT LO BLANCH
Año de edición:
1997
Materia
Derecho romano
ISBN:
978-84-8002-513-3
Páginas:
261
Encuadernación:
Otros
23,44 €
IVA incluido
No disponible Pregúntanos antes de pagar

Indice

Siglas

1. La propiedad en el marco social de la Roma republicana
2. La evolución jurídica de la institución de la propiedad
3. Clasificación de las aguas en Roma: consideraciones introductorias
3.1. La actio aquae pluviae arcendae: el carácter arcaico de la acción y la
cuestión de la responsabilidad por daños
D. 40. 7. 21pr. (Pomp. lib. 7 ex Plaut.)-B. 48. 5. 22
3.2. La responsabilidad interventu hominis frente a la antigua
responsabilidad objetiva ya en el derecho ático: el discurso de Demóstenes
contra Calicles

4. El concepto de aqua pluvia
4.1. Tópico de la definición de aqua caelestis
Cic. Top. 9. 39. (argumentum a genere)
Cic. Top. 9. 38. (argumentum ex coniugatione).
4.2. Tópico de la definición de aqua pluvia en las fuentes jurí-dicas
D. 39. 3. 1pr. (Ulp. 53 ed.)-B. 58. 13. 1
D. 39. 3. 1. 15 (Ulp. 53 ed.)-B. 58. 13. 14-15
4.3. La definitio de aqua pluvia aplicada como ratio decidendi
D. 39. 3. 3pr.-1. (Ulp. 53 ed.)

5. El tópico del damnum
5.1. Existencia de damnum y no aplicabilidad de la acción: natura como ratio
decidendi
D. 39. 3. 1. 1 (Ulp. 53 ed.)-B. 58. 13. 1
D. 39. 3. 1. 14 (Ulp. 53 ed.)-B. 58. 13. 14
D. 39. 3. 1. 22 (Ulp. 53 ed.)-B. 58. 13. 1. 22
D. 39. 3. 2. 6 (Paul. 49 ed.)
D. 39. 3. 14. 1(Paul. 49 ed.)-B. 58. 13. 14. 1
5.2. Tópicos de la natura loci, lex agri y vetustas aplicados como rationes
decidendi
D. 39. 3. 2pr. (Paul. 49 ed.)-B. 58. 13. 2

6. El tópico del opus manu factum delimitador del ámbito de aplicación de la
acción: aqua manu nocens y los supuestos de exclusión de la acción
6.1. D. 39. 3. 1. 2. (Ulp. 53 ed.)-B. 58. 13. 1. 2
*Neracio
6.2. D. 39. 3. 1. 3 (Ulp. 53 ed.)-B. 58. 13. 1. 3-4
*Quinto Mucio y Trebacio Testa
6.3. D. 39. 3. 1. 5. (Ulp. 53 ed.)
*Ofilio
6.4. D. 39. 3. 1. 6. (Ulp. 53 ed.)- B. 58. 13. 1. 6
*Discípulos de Servio
6.5. D. 39. 3. 1. 7. (Ulp. 53 ed.)
*Labeón
6.6. D. 39. 3. 1. 8-9 (Ulp. 53 ed.)
*Sabino y Casio

7. Opus manu factum iure factum como ratio decidendi de exclusión de la
aplicación de la acción
7.1. D. 39. 3. 1. 23 (Ulp. 53 ed.)-B. 58. 13. 23
*Labeón
7.2. D. 39. 3. 2. 5 (Paul 49 ed.)-B. 58. 13. 2. 5
*Alfeno Varo
*Labeón
*Paulo
7.3. D. 39. 3. 2. 1 (Paul. 49 ed.)
*Labeón
D. 39. 3. 2. 7 (Paul. 49 ed.)
*Labeón
7.4. D. 39. 3. 2. 3 (Paul. 49 ed.)
*Casio
7.5. D. 39. 3. 23pr. (Paul. 16 Sab.)
*principis aut senatus iussu

8. Tópico de la legitimación pasiva en la actio aquae pluviae arcendae
8.1. Tópico de la patientiae praestatio:
D. 39. 3. 2. 6. (Paul. 49 ed.)
*Namusa
D. 39. 3. 11. 6. (Paul. 49 ed.).
*Trebacio
8.2. Obra realizada por un colono
D. 39. 3. 5 (Paul. 49 ed.)
*Labeón
8.3. Obra realizada por un usufructuario
D. 39. 3. 22pr.-2 (Pomp. 10 var. lect.)-B. 58. 13. 22
8.4. Obra realizada por el colono y por el procurator
D. 39. 3. 4. 2-3 (Ulp. 53 ed.)
*Juliano
8.5. Obra realizada por el servus y por aquél de quien se recibe el fundo en
herencia
D. 39. 3. 6. 7 (Paul. 18 ed.)
*Celso
8.6. La legitimación pasiva en el supuesto del fundo enajenado
D. 39. 3. 7 (Paul. 18 ed.)
*Paulo
D. 39. 3. 12 (Paul. 16 Sab.)-B. 58. 13. 12
*Paulo
8.7. La ratio decidendi en el supuesto del condominio
D. 39. 3. 11. 1 (Paul. 49 ed.)
*Casio
D. 39. 3. 11. 2 (Paul. 49 ed.)-B. 58. 13. 11. 2
*Próculo
8.8. La responsabilidad pro parte en el supuesto del condominio
D. 39. 3. 11. 3 (Paul. 48 ed.)-B. 58. 13. 11. 3
*Juliano
D. 39. 3. 6. 1-3 (Ulp. 53 ed.)

9. El tópico de la legitimación activa en la actio aquae pluviae arcendae
9.1. Dominus fundi y el titular de servidumbre de camino
D. 39. 3. 25 (Iul. 5 ex Min.)
9.2. El vectigalista
D. 39. 3. 23. 1 (Paul. 16 Sab.)
D. 47. 7. 5. 2 (Paul. 9 Sab.)

10. Principios estructurales de la actio aquae pluviae arcendae según las
rationes decidendi a tenor de la evolución jurídica
10.1. La extensión del concepto de aqua pluvia
10.2. El tópico del damnum y la distinctio vitio loci-manu nocens: natura,
natura loci, lex agri y vetustas
10.3. Damnum y opus manu factum: ámbito de aplicación y supuestos de
exclusión
10.4. Damnum futurum
10.5. Tópico de la divisio genus-species: la actio aquae pluviae arcendae es
una actio specialis
D. 39. 3. 1. 17 (Ulp. 53 ed.)
*Labeón
10.6. Tópico del carácter de la acción: la actio aquae pluviae arcendae es
una actio personalis. Consideración sobre los supuestos en los que el
dominus fundi no es auctor operis
D. 39. 3. 6. 5 (Ulp. 53 ed.)
D. 39. 3. 3. 3 (Ulp. 53 ed.)
D. 39. 3. 4pr. (Ulp. 53 ed.)
D. 39. 3. 4. 2 (Ulp. 53 ed.)

11. El nuevo régimen de las aguas en el derecho justinianeo
Estudio de las fuentes:
*D. 39. 3. 1. 11-12 (Ulp. 53 ed)
*D. 39. 3. 2. 9 (Paul. 49 ed.)
*D. 39. 3. 2. 5 (Paul. 49 ed.)
*D. 39. 3. 2. 6. (Paul. 49 ed.)
11.1. La cuestión de la prohibición de los actos ad aemulationem y la
doctrina del abuso de derecho
*SCIALOJA: inexistencia de una doctrina general que prohiba los actos ad
aemulationem en el Derecho romano
*RICCOBONO: la prohibición de los actos ad aemulationem fue elevada a
principio general por influencia del cristianismo
*BONFANTE: teoría de los actos ad aemulationem y teoría del uso normal de la
cosa propia: la función social de las instituciones
11.2. La &laqno;razón civil» de las aguas en el derecho justinianeo
11.3. El iter histórico de los actos de emulación y la doctrina del abuso de
derecho: formulación doctrinal y jurisprudencial del abuso de derecho en
nuestro ordenamiento civil

Estudio histórico y doctrinal de las rationes decidenci de la jurisprudencia romana y la doctrina justinianea en materia de aguas : la razón civil de las aguas, los actos de emulación y la doctrina del abuso de derecho de especial interés para los civilistas, por el análisis que en la obra se hace de la recepción del abuso de derecho en nuestro ordenamiento civil.