Prólogo
Nota preliminar
Introducción general
1. Colisión de deberes: deber de colaborar con la Justicia frente al deber de no declarar
que se impone por razón de secreto
1.1. Planteamiento
1.2. Dimensión constitucional de los intereses en conflicto
1.3. Cobertura legal del secreto
1.4. Justificación concreta de la exención del deber de colaborar con la Justicia por razón
de secreto a que hace referencia el art. 417. 2º, primer inciso, de la LECr.
2. El principio de publicidad de los actos del Estado y de la Administración
2.1. Referencia al derecho comparado
2.2. España. El art. 105 b) de la C.E.
3. Excepción: los secretos oficiales
3.1. El secreto de Estado
3.1.1. Ámbito concreto del secreto de Estado delimitado en base al bien jurídico
protegido
A. Obstáculos que dificultan su delimitación
B. Seguridad y defensa del Estado
3.1.2. Legislación sobre el secreto de Estado. Análisis de la Ley 9/1968, de 5 de abril,
de Secretos Oficiales
3.1.3. Tipificación penal de la conducta de revelación del secreto de Estado. Relación
de especialidad entre el art. 599 y el 417, ambos del CP
3.1.4. Tipicidad de la elusión del deber de colaborar con la Justicia
3.1.5. El control judicial sobre el legítimo ejercicio del secreto de Estado
A. Dificultades para su concreción
B. Soluciones aportadas por la doctrina al conflicto planteado
C. Soluciones adoptadas por la Jurisprudencia
D. El panorama en derecho comparado
3.1.6. Conclusión y toma de postura
3.2. Los secretos de la función pública
3.2.1. El secreto sumarial en concreto
3.2.2. Especial referencia al secreto del confidente o informador
4. Interpretación de la expresión: «no podrán ser obligados a declarar» del art. 417 de la
LECr.
5. Conclusión
Reflexiones finales
Bibliografía citada
La obra analiza la incidencia que tiene la exención del deber de declarar en un proceso penal que se concede a los funcionarios públicos cuando no pudieren declarar sin violar el secreto que por razón de sus cargos estuvieren obligados a guardar. En otros términos, la colisión de deberes existente entre el art. 417.1 del CP y el art. 417.2º de la LECr. Para solucionarlo, se estudian las tipicidades resultantes de la elusión de ambos deberes, a saber: la tipicidad de la conducta de revelación del secreto de Estado y la tipicidad de la omisión del deber de colaborar con la justicia, atendiendo, fundamental y críticamente a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Conflictos jurisdiccionales, a propósito de la utilización de gastos reservados con ocasión de la actividad de los G.A.L.En ésta una colección viva sobre LOS DELITOS, aportación conjunta de la Editorial Tirant lo Blanch y un equipo de expertos en Derecho Penal, que pretende prestar atención a los problemas del mayor interés suscitados por el llamado "Código Penal de la democracia".\