LAS ACCIONES DE LIBERACION Y COBERTURA EN LA FIANZA

LAS ACCIONES DE LIBERACION Y COBERTURA EN LA FIANZA

ARIJA SOUTULLO, Mª DEL CARMEN

17,73 €
IVA incluido
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Editorial:
TIRANT LO BLANCH
Año de edición:
2001
Materia
Derecho civil
ISBN:
978-84-8442-344-7
Páginas:
115
Encuadernación:
Otros
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Prólogo

I. INTRODUCCIÓN

II. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS

III. DERECHO COMPARADO

IV. FUNDAMENTO Y ALCANCE DE LA PROTECCIÓN OTORGADA AL FIADOR
1. Acción de liberación del fiador
2. Acción dirigida a obtener una garantía a favor del fiador

V. EJERCICIO DE LAS ACCIONES DE LIBERACIÓN Y DE COBERTURA. Ámbito de aplicación del art.
1.843 C.c.

VI. FIANZA CONSTITUIDA SIN LA INTERVENCIóN DEL DEUDOR O EN CONTRA DE SU VOLUNTAD

VII. FIANZA REMUNERADA

VIII. RELACIÓN ENTRE LOS ARTÍCULOS 1.843 Y 1.852 C.C.

IX. LAS DISTINTAS CAUSAS QUE AUTORIZAN AL FIADOR AL EJERCICIO DE LAS ACCIONES DE LIBERACIÓN
Y DE COBERTURA
1. Exigibilidad de la deuda
2. Demanda judicial del acreedor para el pago
3. Quiebra, concurso o insolvencia del deudor
4. Cuando el deudor se ha obligado a relevar al fiador de la fianza en un plazo
determinado y el plazo ha vencido
5. El transcurso del plazo de 10 años en la fianza cuando la obligación principal no
tiene término fijo para su vencimiento
Bibliografía

Se estudian en esta obra deforma minuciosa, completa y coherente las llamadas "acciones de relevación" de la fianza, prestando especial atención a la jurisprudencia del Tribunal Supremo en esta materia y analizando el estado de la cuestión en Derechos que nos son próximos, como el francés, el italiano o el portugués. Las acciones de liberación y cobertura en la fianza han sido poco estudiadas por la doctrina y no son excesivamente utilizadas en la práctica. Frente a esta consideración habitual, tras la lectura de este trabajo, se confirma su gran interés desde el punto teórico y su trascendencia en la práctica. La utilidad de la medida de tutela preventiva contenida en el artículo 1.843 del Código civil es indudable, pues trata de evitar la frustración del derecho de regreso del fiador cuando concurre alguna de las circunstancias de riesgo que el precepto enumera.