La flexibilidad organizativa y las nuevas tecnologías permiten la prestación de trabajo en distintos lugares, por lo que ya no es imprescindible el traslado a los centros de trabajo. Sin embargo, es necesario resolver algunos interrogantes en relación con el lugar de trabajo, la duración de la prestación, la realización del control empresarial y la obligatoriedad e intensidad del uso de las nuevas tecnologías, o sobre las medidas de seguridad e higiene o de prevención de riesgos laborales, especialmente, por el vacío normativo existente en España.